- SENTENCIA TSJ CANARIAS: CONVOCATORIA DE PLAZAS DE INGENIEROS INDUSTRIALES AL CABILDO DE TENERIFE
Este 14 de noviembre de 2019 se ha dictado sentencia por parte del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) respecto a la convocatoria de plazas de Ingeniero Industrial al Cabildo de Tenerife.
Esta sentencia viene motivada a que, por parte del Cabildo de Tenerife y de alguno de los Grados afectados, se presentara recurso de apelación contra nuestro Colegio por la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo que nos daba la razón respecto a que la profesión de Ingeniero Industrial a desempeñar en puesto de Técnico Superior Escala Especial, exige una formación mínima de Grado y Master y que por ello la titulación para acceder a la lista de reserva convocada por el Cabildo Insular de Tenerife debía ser la de Grado y Master y no sólo la de Grado.
Una vez más, determinados sectores se empeñan en seguir queriendo confundir a la Sociedad con la idea/mensaje que en España sólo existe un título de ingeniero, cuando la realidad es que tanto en España como en la mayor parte de los países europeos existen dos tipos de títulos de ingenieros que dan origen a dos profesiones distintas, una derivada de la obtención/superación del Grado y la otra de la obtención/superación del Master.
Es un mala praxis que se intente por la vía judicial tratar de equiparar a ambas titulaciones cuando hay espacio profesional para ambas. En tal caso, la solución al problema quedaría resuelta si los Grados estudiaran dos años más, es decir 120 créditos, y así desaparecerían los problemas y las malas interpretaciones.
Desde aquí, en nombre del la Junta de Gobierno (en funciones), queremos felicitar a los asesores jurídicos de nuestro bufete de abogados "Cabrera y Ravina Abogados" por su buen hacer y el alto nivel profesional que han venido demostrando en los últimos años.
- FALLO TSJ CONVOCATORIA OPOSICIONES GOBIERNO DE CANARIAS
En relación a la oposición convocada el día 30 de noviembre de 2017 de trece (13) plazas de ingeniero industrial para el Gobierno de Canarias, derivada dicha convocatoria de oposición por las continuas y reiteradas demandas realizadas por nuestro Colegio para cubrir el déficit existente de ingenieros industriales en nuestra provincia, fundamentalmente en la Consejería de Industria, deseamos informarte que, después de habernos visto obligados a presentar un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia en abril de 2018, previa petición formal al Gobierno de Canarias (Función Pública) para que modificara la convocatoria dado el contenido en la redacción de la misma, donde permitía que se presentaran a dicha oposición "titulados universitarios de grados correspondientes al de ingeniero industrial”, dicho Tribunal ha dictado sentencia el pasado día 18 de septiembre en los siguientes términos:
- ESTIMA NUESTRO RECURSO.
- SE ANULA LA BASE IMPUGNADA EN CUANTO ADMITE LA TITULACIÓN DE GRADO PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO SELECTIVO CONVOCADO.
Del fallo se deduce que, si alguno de los opositores que, habiendo superado todas las pruebas y habiendo obtenido plaza en esta convocatoria pública, hubiese acreditado estar en posesión de un título de grado, su concurso estaría anulado.
Esta sentencia de enorme importancia para nuestra profesión que defiende nuestros intereses y evita las injerencias e intrusismo de otras titulaciones en competencias que hasta ahora han sido y son exclusivas de los ingenieros industriales, nos da fuerzas para seguir luchando en defensa de nuestros intereses y nos llena de orgullo y satisfacción.
NOTICIA EN LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN
- SENTENCIA TSJ ARAGÓN: LOS ITI NO PUEDEN PRESENTARSE A LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA INGENIEROS INDUSTRIALES
Adjunto sentencia del TSJ de Aragón por la que se desestima el recurso interpuesto por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Aragón contra la convocatoria de las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración Autonómica de Aragón, Escala Facultativo Superior, Ingenieros Industriales, por el que se solicitaba que se anulara el punto que exige estar en posesión del título de ingeniero industrial o del título de Máster que habilita para el ejercicio de esta profesión regulada. La pretensión de los ingenieros técnicos industriales era que se reconociera el derecho de los titulados de Grado en el campo industrial de la Ingeniería a acceder a la convocatoria.
De nuevo, como recientemente ha dictado el Tribunal Supremo en sentencia de la Sección 4ª de la Sala 3ª del TS 550/2019, de 21 de febrero, y precisamente apoyándose en ella, el TSJ justifica su sentencia desestimatoria basándose en los siguientes motivos:
- El Cuerpo de Ingenieros Industriales del Estado es un cuerpo especial. A ese respecto, aun siendo cuestiones distintas el ejercicio de una profesión regulada y la titulación necesaria para el acceso a un cuerpo o escala, considera la Sala que no pueden ser disociadas cuando se trata de establecer qué requisitos de titulación se han de reunir para ingresar, precisamente, en un cuerpo funcionarial que se corresponde con esa profesión.
- Los niveles de formación que acreditan los títulos universitarios no pueden ser distintos según se trate de acceder al empleo público, en las condiciones de este caso, o del ejercicio privado de la profesión.
SENTENCIA - ITIS NO PUEDEN PRESENTARSE A LA CONVOCATORIA
PÚBLICA PARA INGENIEROS INDUSTRIALES
- SENTENCIA GRADO+MASTER VS INGENIEROS INDUSTRIALES
Adjunto sentencia ganada en primera instancia por el Consejo General al Ministerio de Educación y Formación Profesional, a propósito de las bases de un concurso de trslados en las que se otorgaba mayor puntuación a los titulados grado+master que a los titulados superiores pre-Bolonia, y en particular a los ingenieros industriales.
La sentencia es estimatoria y declara que el apartado de la Orden EFP/1015/2018 es contrario a los principios de igualdad, mérito y capacidad, pero no lo anula expresamente. Aunque se sobreentiende por lo indicado en el Fundamento de Derecho Tercero, se ha solicitado al juzgado aclaración de sentencia.
Sentencia Grado+Master vs Ingenieros Industriales
- SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR: LOS ITIS NO PUEDEN ACCEDER AL CUERPO DE INGENIEROS INDUSTRIALES DEL ESTADO.
El Tribunal Supremo ha rechazado un recurso de los Ingenieros Técnicos Industriales para entrar en el Cuerpo de Ingenieros Industriales del Estado. La audiencia ya lo había desestimado y acudían al Tribunal Supremo en casación. Se trata de una sentencia relevante para la resolución de otros contenciosos abiertos en diferentes administraciones públicas, tanto para nuestra profesión como para otras ingenierías.
SENTENCIa - itis no pueden acceder al cuerpo de iIE
- ANULADA LA MARCA QUE UTILIZA EL COGITI
El juzgado de lo mercantil de Madrid ha admitido la demanda interpuesta por nuestro Consejo General contra la marca “COGITI Consejo General de Graduados en Ingeniería rama Industrial e Ingenieros Técnicos Industriales de España” por dos motivos: la prohibición de registro de los signos contrarios a la ley y la de los signos engañosos. En consecuencia, declara la nulidad de la marca y condena a la demandada a abstenerse de utilizarla en cualquier forma, además de imponerle las costas del procedimiento.
SentenciA - ANULAD LA MARCA COGITI
- SENTENCIA CONTRA LAS BASES DE LA LISTA DE RESERVA DE INGENIERO/A INDUSTRIAL (CABILDO DE TENERIFE)
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo ha dado la razón al Colegio al estimar el recurso interpuesto contra el Cabildo Insular de Tenerife a propósito de las bases de una lista de reserva de Ingeniero/a Industrial, y en la que se admitía, como titulación:
1.3.- Titulación.- Estar en posesión del título de Ingeniero/a Industrial o de los Títulos de Grado correspondientes, atendiendo al marco establecido por el Espacio Europeo de Educación Superior y contenidas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RCUT) o equivalente, o en condiciones de obtenerla en el plazo de presentación de solicitudes.
El Tribunal considera que dicha lista de reserva de Ingenieros Industriales para el Cabildo Insular de Tenerife sólo puede estar compuesta por quienes posean el título de ingeniero industrial o de máster en ingeniería industrial o equivalente.
Contra esta resolución cabe recurso ante el TSJC.
Para cualquier aclaración adicional, estamos a tu disposición.
SentenciA - LISTA DE RESERVA DE INGENIERO/A INDUSTRIAL (CABILDO DE TENERIFE)
- AUDIENCIA NACIONAL CONFIRMA QUE LOS INGENIEROS INDUSTRIALES SON COMPETENTES PARA REALIZAR IEE
La Audiencia Nacional estima un recurso de la CNMC contra actos de las Administraciones (en este caso, del Instituto Gallego de la Vivienda, que denegó una subvención de rehabilitación dado que el Informe de Evaluación del Edificio (IEE) no estaba firmado por arquitecto o arquitecto técnico) por infringir la unidad de mercado y excluir a profesionales capacitados técnicamente - diferentes de los arquitectos y arquitectos técnicos - para la realización de informes de evaluación de edificios. Entiende que no hay razones de interés general que puedan justificar esa exclusión y que la misma no se puede basar en la LOE.
Aunque la sentencia es recurrible en casación en el Tribunal Supremo, la CNMC ha presentado ante la Audiencia otras 3 demandas similares que aún están pendientes de sentencia, lo que podrá esclarecer quién se considera técnico competente en materia de redacción de IEE. Te mantendremos informado/a al respecto.